Burford Capital celebra el cambio de rumbo del Senado respecto al impuesto al financiamiento de litigios
La empresa de financiación legal más grande del mundo está respirando aliviada después de que un parlamentario del Senado dictaminara que un impuesto propuesto del 31,8% sobre las ganancias de financiación de litigios debe eliminarse del proyecto de ley fiscal republicano.
PR Newswire publica la actualización de Burford Capital del 1 de julio, que confirma que el Senado de EE. UU. eliminó un impuesto especial del 40,8 % sobre las ganancias derivadas de la financiación de litigios de su proyecto de ley de conciliación presupuestaria, después de que el parlamentario declarara que la disposición era improcedente. Si bien el fallo bloquea el impuesto según las normas de conciliación vigentes, los legisladores aún podrían revisarlo y reintroducirlo. Esta prórroga elimina un lastre inminente para las ganancias que había asustado a los inversores de todo el sector y da tiempo a los financiadores para presionar contra propuestas similares que circulan en la Cámara de Representantes.
Burford utilizó el mismo comunicado para anunciar otra victoria judicial: un juez federal de Nueva York ordenó a Argentina transferir su participación del 51% en YPF a custodios designados por el tribunal en un plazo de 14 días, lo que adelantó la ejecución de la sentencia récord de 16.100 millones de dólares de Petersen/Eton Park, que Burford financia. La gerencia advierte que se presentarán apelaciones, pero calificó la orden de transferencia como un "hito positivo" en la campaña plurianual para monetizar la adjudicación.
Estos dos acontecimientos ponen de relieve cómo el riesgo legislativo y el riesgo de cobro de deuda soberana pueden influir de la noche a la mañana en la valoración de una entidad de financiación. Con la amenaza fiscal postergada por ahora, la atención se centrará en si Argentina cumple con las normas y en la rapidez con la que Burford puede convertir la sentencia en papel en efectivo. Se prevén nuevos debates sobre la valoración del riesgo de cobro de deuda soberana y sobre si los fondos de mayor tamaño con experiencia transfronteriza gozan de una ventaja competitiva inexpugnable en este nicho de la clase de activos.